En España hay cerca de 3,2 millones de trabajadores autónomos, cifra que representa cerca del 18 por ciento del mercado laboral en el conjunto del país. Los autónomos han sido una de las piezas clave de la recuperación económica y, en este sentido, este enero llega con novedades en sus prestaciones, según el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las principales entidades y asociaciones que engloban al colectivo.
Así, la cuota mínima mensual sube cerca de 5 euros mensuales en 2019 hasta 283 euros al mes, a cambio de varias mejoras de prestaciones. En total, al año supondrá un aumento de 64 euros.
Ayer miércoles, la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, junto a los representantes de las principales asociaciones del sector: ATA, UPTA, UATAE y CEAT; firmó el documento, que deberá ser refrendado este viernes, día 28 de diciembre por el Consejo de Ministros en forma de Real Decreto Ley.
Para la ministra, «es un buen acuerdo porque los autónomos van a tener una mayor protección social y van a contribuir al Sistema de la Seguridad Social de una forma más equilibrada”.
La ministra destacó, entre otras, la transformación en obligatoria de la cobertura de todas las contingencias: tanto las comunes (enfermedad común y accidente no laboral) como las profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional, con la excepción del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), y de los socios de cooperativas del Régimen de Autónomos (RETA), siempre que tengan un sistema de prestación social
Asimismo, destacó que se convierte en obligatoria la cobertura por cese de actividad, y se duplican los periodos de duración de la prestación, “a partir de la entrada en vigor de la norma, se van a poder cobrar hasta 24 mensualidades, con un mínimo de cuatro, en función de lo cotizado”. Se crea una prestación adicional que corresponde a la cotización por el trabajador autónomo, a partir del día 61 de la baja médica por incapacidad temporal. Estas cuotas ascienden a 86,26 millones de euros y se harán con cargo a los ingresos por cuotas en concepto de cese de actividad.
Equilibrar las aportaciones de los trabajadores
Valerio, tras la reunión del miércoles, explicó las novedades del acuerdo en cuanto a las aportaciones de los trabajadores autónomos: en 2019 el tipo de cotización para el RETA (sin SETA), se establece un incremento del 1,25% en la base mínima de cotización.
Asimismo, el tipo de cotización, que incluye obligatoriamente todas las contingencias, se fija en el 28,3% por contingencias comunes, incorpora la incapacidad temporal y se equipara al Régimen General; el cuanto a las contingencias profesionales, será el 0,9% para todos los trabajadores e inferior a la tarifa mínima del Régimen General; para cese de actividad, el tipo se fija en el 0,7%, inferior a la cotización por desempleo de los asalariados, y por último, se establece el 0,1% para formación y prevención.
A partir de este mes de enero, la subida se aplicará escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, será del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fijará definitivamente el 31%.
Respecto a la tarifa plana, se adapta a la obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales, tanto para los autónomos, con carácter general, como en los casos de discapacidad, violencia de género y terrorismo. Para ello, durante los primeros doce meses, si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros (51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales). Si se cotiza por encima de la mínima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%. Finalmente, entre los meses 13 y 24 se aplicará una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda.
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